La hostelería vuelve a ser uno de los sectores más afectados por las nuevas medidas adoptadas para combatir la propagación del Covid19. Si en el confinamiento los negocios tuvieron que cerrar, ahora la situación vuelve a darse, aunque en otras circunstancias. Por eso, te contamos las ayudas para autónomos de la hostelería por cese de actividad que ha puesto en marcha el Gobierno central.
Como sabes, la Estado de Alarma actual es diferente al decretado durante el confinamiento domiciliario. Ahora, se ha dejado en manos de los gobiernos autonómicos la toma de muchas decisiones.
De esta manera, diferentes comunidades autónomas han aprobado nuevas limitaciones a distintas actividades económicas dentro de las medidas para luchar contra la pandemia de la COVID-19.
El cierre de bares y restaurantes se ha decretado en Asturias, Castilla y León, Cataluña, Murcia, Navarra y País Vasco. En otras como Andalucía, Galicia o La Rioja el cierre afecta inicialmente a determinados municipios, aunque por días la situación cambia. En la región andaluza, por ejemplo, la hostelería tiene que cerrar a las 18.00 horas.
De esta manera, únicamente los servicios de reparto a domicilio son en los que casos en los que lo ofrezcan, la vía de escape a dicha situación.
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La Seguridad Social ha establecido una prestación extraordinaria por suspensión de actividad para la hostelería. Podrán solicitarla aquellos negocios que presenten una declaración responsable de que no se hace reparto a domicilio.
Con este cambio normativo, los autónomos de hostelería pueden acceder a distintos tipos de ayudas:
Según indica la Seguridad Social en su propia página web, desde el 1 de octubre, los trabajadores por cuenta propia que se vean afectados por una suspensión temporal de toda su actividad como consecuencia de una resolución de las autoridades administrativas competentes para la contención de la pandemia de la COVID-19 pueden solicitar la prestación extraordinaria por suspensión de actividad.
¿No tienes que cerrar pero ha caído la facturación de tu negocio? Entonces has de saber que sigue vigente la prestación compatible con la actividad que se puso en marcha tras el consenso con las principales asociaciones de autónomos el pasado mes de junio y que ha sido prorrogada hasta el 31 de enero de 2021.
Para acceder a esta ayuda es necesario acreditar una reducción de la facturación del 75% en el cuarto trimestre de 2020 respecto al mismo periodo del año anterior. No obstante, los beneficiarios no necesitan esperar al final del trimestre, sino que pueden solicitar esta prestación cuando cumplan los requisitos y, después, acreditarlos documentalmente una vez finalice el trimestre.
Esta prestación asciende al 70% de la base reguladora, es decir, un mínimo de 661 euros, e incluye el abono de la cuota por contingencias comunes, que se devuelve al trabajador.
¿Tienes dudas sobre las ayudas que puedes solicitar?