Como ocurre habitualmente con cada año, este ejercicio se presenta cargado de novedades para los trabajadores autónomos. Por eso es importante tener claro el calendario fiscal para trabajadores autónomos en 2021.
Índice del artículo
Este ejercicio por ejemplo hay subida de impuestos, como la cuota que tienen que pagar los autónomos. Igualmente, hay otro tipo de cambios. Uno de ellos lo encontramos en la manera de comunicarse con la Administración, como es el caso de Hacienda.
Sin más dilación, veamos el Calendario Fiscal aprobado por la Agencia Tributaria en España para el ejercicio 2021:
Para el primer mes del año hay que marcar en el calendario el día 20, fecha en la que acaba el plazo de presentación de diferentes modelos.
El 20 de febrero es la fecha límite para presentar los modelos 111 y 115.
El modelo 111 es el que, tanto los autónomos, como los negocios, utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado durante el trimestre -en este caso, el cuarto trimestre de 2020- a trabajadores, a otros profesionales o a empresarios.
Por otro lado, el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.
Por tanto, deberán declarar el 115 del último trimestre de 2020, todos aquellos trabajadores por cuenta propia o empresarios que paguen alquileres por locales comerciales u oficinas, donde desarrollan su actividad.
Hay que destacar que en el segundo mes, habrá luego que hacer una recapitulación de todos los trimestres presentados durante el ejercicio en cuestión.
El mes de febrero de este año sufre cambios con respecto al ejercicio 2020, con nuevas obligaciones tributarias que antes se cumplían en enero.
Los autónomos y empresarios tendrán que presentar el modelo 303 para realizar la autoliquidación del IVA del cuarto y último trimestre de 2020.
La fecha del 1 de febrero también se fija como el límite para presentar los modelos 390 y 349.
Con el modelo 390 se hace la declaración recapitulativa de todo el año anterior.
Por su parte, a través del modelo 349, aquellos autónomos que realicen exportaciones, tendrán que hacer una recapitulación de todo el ejercicio anterior, con el conjunto de sus operaciones intracomunitarias en 2020.
Asimismo, los trabajadores por cuenta propia tienen hasta el próximo 1 de febrero de 2021 para presentar los modelos 130 o 131. Se trata de la declaración de pagos fraccionados de IRPF del último trimestre de 2020. Se recurrirá al modelo 130 en el caso de estimación directa al al modelo 131 si optan por la opción de módulos.
Otra obligación que se presenta con el 1 de febrero como último día es el modelo 180.
Este documento permite a los autónomos y pymes declarar todas las retenciones de alquiler de oficinas o locales del año 2020. Es un recopilatorio de lo presentado cada trimestre a través del 115.
Por otro lado, también es la fecha máxima para presentar el modelo 190, en el que se hace un resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta.
Por último, cabe destacar que en el caso de negocio sujetos al régimen de atribución de rentas (sociedades que no computan el IRPF pero tampoco del Impuesto sobre Sociedades), tendrán que presentar la declaración informativa anual a través del modelo 184.
¿Realizas operaciones intracomunitarias? Si la respuesta es afirmativa, has de saber que el 22 de febrero acaba el plazo para que los autónomos y las empresas que realizan este tipo de actividades lo notifiquen y detalle a Hacienda.
Esto sea hace a través del modelo 349, una declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Es un modelo informativo de presentación obligatoria pero que no conlleva ningún pago.
El 1 de marzo acaba el plazo para que los autónomos o pequeños negocios presenten el modelo 347 de operaciones con terceros referente al ejercicio 2020. Es un modelo informativo anual, por lo que no implica la realización de ningún pago.
Éste debe presentar sólo cuando se hayan realizado operaciones con proveedores o clientes que superen, en total, los 3.005,06 euros, independientemente del importe de cada factura.
Quedan exentos de presentar el modelo quienes realicen su actividad pero no tengan sede, o domicilio fiscal en España; operaciones con clientes intracomunitarios; o aquellos que tributen por módulos.
Si realizas operaciones intracomunitarias en febrero deberás volver a presentar la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, el modelo 349.
En abril llega la campaña de la Renta 2020. El 7 de abril se inicia el plazo para presentar por internet las declaraciones de la renta y patrimonio. El plazo se cierra el 30 de junio, el 25 si se quiere realizar la domiciliación a cuenta. Pero la RENTA no es la única obligación de los autónomos este mes de abril:
El 20 de abril es último día del plazo que tienen los autónomos y pymes para volver a presentar -por segunda vez en este ejercicio- los modelos 111 y 115.
El modelo 111 es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado durante el primer trimestre del nuevo año a trabajadores, profesionales o empresarios.
El modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos del primer trimestre de 2020.
Para presentar la autoliquidación del IVA del primer trimestre de 2020 a través del modelo 303 se tiene de plazo hasta el 20 de abril.
También habrá que presentar el modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, tanto el referido al mes de marzo de 2021, como para el primer trimestre de 2021.
¿Eres autónomo y optas por el pago fraccionado de la renta? Entonces tendrás hasta esta fecha para presentar, otra vez, los modelos 130 (si tributan en estimación directa) o 131 (si están en estimación objetiva o módulos).
Para las pymes o autónomos societarios que opten por el pago fraccionado dicho días es el límite para presentar el impuesto de sociedades a través del modelo 202 dentro del calendario fiscal autónomos 2021.
Este día se abre el plazo para presentar la declaración de Renta 2020 por teléfono. El periodo para cumplir con Hacienda terminará el 30 de junio.
El modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias referente al pasado mes de abril hay que presentarlo hasta esta fecha.
La Agencia Tributaria abre este día sus puertas para realizar la declaración de la Renta en sus oficinas, presencialmente, algo que se dilatará hasta el 30 de junio.
Momento para cumplir, si no se ha hecho antes, con la presentación del modelo 349, es decir, la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias referente al mes de mayo.
Acaba el plazo para presentar la declaración de la RENTA y Patrimonio 2020 con resultado a ingresar a cuenta.
El 30 de junio de 2021 es el último día para presentar la declaración de la Renta del ejercicio 2020.
El día 20 es la fecha máxima que tienen los autónomos y pymes para volver a presentar de nuevo los mismos modelos que en enero y abril.
El modelo 111 y el 115, correspondientes a retenciones de IRPF y alquileres del segundo trimestre de 2021, respectivamente.
También modelo 349 para quienes hayan realizado operaciones intracomunitarias (hay que presentar el referente a junio de 2021 y a segundo trimestre de 2021).
El modelo 303 de la autoliquidación del segundo trimestre de 2020.
Además de los pagos fraccionados a través del modelo 130 (estimación directa) y 131 (módulos).
El último día del mes de julio expira el periodo para presentar el modelo 303 de autoliquidación de IVA.
En agosto, mes donde la Administración se toma un ‘descanso’, los autónomos y pymes no tienen ninguna obligación tributaria.
Tiempo para presentar la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (modelo 349) de los meses de julio y agosto. El 20 es el último día.
Como ocurre en enero, abril y julio, llega la hora del ‘trimestre’.
El día 20 es el fin del plazo que tienen trabajadores por cuenta propia y negocios para presentar los modelos 111 y 115, correspondientes a retenciones de IRPF y alquileres del tercer trimestre de 2020.
Quienes se dediquen a la exportación, han de completar el modelo 349 de operaciones intracomunitarias, correspondiente tanto al mes de septiembre como al tercer trimestre.
Hora igualmente de presentar el modelo 303 de la autoliquidación del IVA del tercer trimestre de 2021.
El 20 de octubre también es la fecha en la que expira el periodo para presentar los pagos fraccionados a través del modelo 130 (estimación directa) y 131 (módulos).
Este plazo afecta asimismo al modelo 202, que afecta a quien esté obligado a declarar el Impuesto de Sociedades y hayan elegido diferir el pago a lo largo del ejercicio.
¿Tienes viviendas con fines turísticos? Entonces atención, porque el 2 de noviembre es la fecha límite para presentar el modelo 179. Es una declaración informativa.
¿Fraccionaste el pago de la Renta? Entonces el 5 es el último día apara abonar el segundo plazo de devolución de la Renta 2020.
Toca presentar la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias de octubre (modelo 349).
Llegar el turno del modelo 303 de autoliquidación de IVA, para lo que tenemos hasta el último día de noviembre para entregarlo.
Las pymes y autónomos societarios obligados a declarar el Impuesto de Sociedades tienen que presentar el modelo 202 si se ha elegido diferir el pago a lo largo del ejercicio. La fecha tope es el 20 de diciembre.
Nuevamente, toca presentar el declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
El último día de 2021 se cierra el plazo para renunciar a la estimación directa simplificada y estimación objetiva para el comienzo del siguiente ejercicio, el año 2022
¿Tienes ya controlado el nuevo calendario fiscal para autónomos de 2021? Pues toma nota, porque van a llegar nuevas obligaciones fiscales pronto.
Este modelo 420 corresponde al Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales de Autoliquidación, una nueva obligación trimestral para los meses de abril, julio, octubre y enero.
El modelo 604 va ligado al Impuesto sobre las Transacciones Financieras, cuya presentación sería en este caso mensual.
Ambos modelos están pendientes de aprobación, por lo que habrá que estar muy atentos a la Agencia Tributaria.
Esperamos que esta información sobre el calendario fiscal autónomos 2021 te ayude en el día a día.