¿Has oído hablar de las ayudas directas aprobadas por el Gobierno? El Gobierno aprobó el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.
La epidemia de la COVID-19 ha provocado una reducción significativa de los ingresos de muchas empresas y trabajadores autónomos.
Con el fin de proteger el tejido productivo y evitar un impacto estructural sobre la economía, en línea con el resto de países europeos, el Estado ha desplegado diferentes paquetes de medidas para apoyar a empresas y autónomos. El último es el Real Decreto-ley publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) número 62, de 13 de marzo de 2021.
No son las primeras ayudas establecidas desde que el pasado marzo de 2020 comenzase la pandemia del coronavirus. Algunas enfocaron el objetivo en el cese de actividad y otras han ido buscando ayudar a sectores económicos concretos.
Las últimas en llegar son las que vamos a explicarte a continuación. Y ya sabes, que si necesitas asesoramiento o ayuda en la tramitación, en Macías&Serrano Asociados Asesores llevamos más de tres décadas haciendo más fácil el día a día de muchas empresas y autónomos.
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Los destinatarios de estas ayudas directas serán «las empresas no financieras y los autónomos más afectados por la pandemia, siempre y cuando tengan su domicilio fiscal en territorio español o cuando se trate de entidades no residentes y no financieras que operen en España».
En cuanto a los requisitos que deben cumplirse para acceder a las ayudas, destacamos a continuación los más importantes:
En principio, podrán acceder a estas ayudas los autónomos que estén dados de alta en el IAE en algunos de los 95 epígrafes publicados en el decreto.
Otro de los parámetros que se tienen en cuenta tiene que ver con el volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración. Así, en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o tributo indirecto equivalente en 2020 tiene que darse una caída de más de un 30% con respecto a 2019.
En otras palabras, los trabajadores dados de alta como autónomos tendrán que demostrar que en el conjunto de sus declaraciones trimestrales de IVA de 2020 declararon, como mínimo, un 30% menos que en el año anterior.
Como ocurre con cualquier convocatoria de subvenciones, los trabajadores por cuenta propia deberán estar al día con Hacienda y Seguridad Social. Esto es:
Para garantizar la viabilidad y el mantenimiento de la empresa o negocio del trabajador autónomo, hay que cumplir las siguientes condiciones, que tienen que ver tanto con el pasado más reciente como con el futuro:
Además, con independencia de su caída de facturación, también podrán acceder automáticamente a las ayudas específicamente previstas para ellos, los autónomos que tributan en módulos y además se encuentren en alguno de los 95 epígrafes publicados en el Real Decreto Ley 5/2021.
A la hora de cuantificar el importe de las ayudas se tendrán en cuenta tres grupos de solicitantes:
Las comunidades y ciudades autónomas serán las responsables de repartir las ayudas directas aprobadas por el Gobierno.
Para acceder a la subvención, no será necesario en principio que los trabajadores por cuenta propia presenten datos de su facturación, sino que esta información se suministrará por la Administración Tributaria correspondiente a petición de las Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla.