1.- Las Bases y tipos de cotización máximo de la Seguridad Social aumenta un 8,6% obteniendo una base máxima de cotización de 4.495,50 euros.
2.- Régimen Especial Autónomo:
Una vez estimado el rendimiento neto de 2022 habrá que proceder a actualizar las bases de cotización según las tablas aprobadas a estos efectos.
Las fechas de comunicación de la base de cotización en función de la estimación del rendimiento neto son: 1/3 para efectos desde el 1/1; 1/5 para efectos 1/3; 1/7 para efectos 1/5; 1/9 para efectos 1/7; 1/11 para efectos 1/9; 1/1 año siguiente para efectos 1/11.
Aquellos que al 31/12/22 tengan una base de cotización superior a la que pudiera corresponderle por el rendimiento neto obtenido en el 2022, podrán mantenerla durante el año 2023.
Se establece una nueva tarifa plana de 80 € para altas a partir del 1/1/2023.
3.- La prestación por desempleo una vez transcurridos los 6 primeros meses de su cobró, se incrementará del 50% al 60% hasta su finalización.
4.- Régimen Especial de Empleados de Hogar:
Quienes den de alta a un empleado de hogar a partir del día 1/1/2023 tendrán derecho a una bonificación del 45 por ciento o del 30 por ciento en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes (solo un empleado de hogar).
En este mes de diciembre se aplicará por primera vez la cotización por Desempleo y FOGASA, así como la bonificación del 80% de las mismas.
5.- Interés Legal del dinero: se establece hasta el 31/12/2023 el 3,25%.
6.- Gastos de difícil justificación: se eleva al 7 por ciento el porcentaje de gastos deducibles en concepto de provisiones y gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada.
7.- Se eleva al 10 por ciento la reducción general aplicable sobre el rendimiento neto de módulos obtenido en el periodo impositivo 2023.
8.- Se incrementan los tipos impositivos de la Ley de IRPF del ahorro.