¿Cómo solicitar la devolución de las prestaciones de maternidad y paternidad? Ésta es la pregunta que se hacen muchas personas tras la sentencia del Tribunal Supremo de 3 de octubre de 2018 (sentencia 1462/2018) que fija como doctrina legal que las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRFP).
La Dirección General de Tributos interpreta que esta doctrina es aplicable a las prestaciones por paternidad de la Seguridad Social.
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Según indica la propia Agencia Tributaria, en la aplicación de esta doctrina pueden distinguirse los siguientes supuestos:
En la próxima campaña de renta los contribuyentes solo tendrán que confeccionar y presentar sus declaraciones. Para ello utilizarán los datos fiscales que se les ofrezcan.
El programa de ayuda Renta WEB ofrecerá los datos fiscales incorporando tales prestaciones como rentas exentas. Las retenciones soportadas serán plenamente deducibles.
Tras el conocimiento de la sentencia del Tribunal Supremo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social ha dejado de practicar retenciones sobre las prestaciones abonadas, por tratarse de rentas exentas.
Los contribuyentes podrán solicitar la rectificación de las declaraciones de IRPF en las que hubiesen incluido tales rentas. Si las rentas fueron percibidas en más de un año, deberán solicitar la rectificación de la declaración de IRPF de cada año.
Existe un formulario específico para facilitar la solicitud de los años 2014 y 2015. Está disponible en la web de la Agencia Tributaria o descargarlo fácilmente al final de este artículo.
La persona perceptora de la prestación deberá indicar en cuáles de esos años ha percibido la prestación. Asimismo, debe aportar un número de cuenta bancaria de su titularidad, donde se abonará la devolución que proceda.
En enero de 2019 estará disponible el formulario para solicitar la rectificación de las declaraciones de 2016 y 2017.
La aplicación de la exención corresponderá al órgano que esté conociendo del recurso o reclamación, sin que sea precisa la presentación de ninguna solicitud adicional.
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